Necesitamos una nueva Constitución

Hoy, día de la Constitución, es un buen momento para sugerir algunos cambios a esta Ley Fundamental.

Nació en unos tiempos convulsos, y hubo que conceder en muchos temas para evitar la sangre. Pero los tiempos han cambiado, y las leyes deben adecuarse a ellos. Hoy, España es un estado democrático lo suficientemente maduro para cambiar las reglas del juego sin lanzar el tablero al aire.

Estos son algunos de los artículos que cambiaría o suprimiría.

Art 1.- La forma política del Estado español es la Monarquía parlamentaria.

III República, ya. España no eligió al rey; lo hizo el dictado. Si quieren esperar a la muerte de Juan Carlos para proclamar la república, me parece bien. Pero Felipe no reinará.

Art 15.- Todos tienen derecho a la vida y a la integridad física y moral, sin que, en ningún caso, puedan ser sometidos a tortura ni a penas o tratos inhumanos o degradantes.

Derecho, no obligación: ¿para cuándo la eutanasia? En cuanto al trato degradante, bien se suprime de la Constitución, o bien se cierran los centros de inmigrantes, auténticas cárceles.

Queda abolida la pena de muerte, salvo lo que puedan disponer las leyes penales militares para tiempos de guerra.

Queda abolida la pena de muerte, incluso en tiempos de guerra.

Art 16.- Ninguna confesión tendrá carácter estatal. Los poderes públicos tendrán en cuenta las creencias religiosas de la sociedad española y mantendrán las consiguientes relaciones de cooperación con la Iglesia Católica y las demás confesiones.

Antes de cada verbo hay que añadir “no”. Es decir: “Los poderes públicos no tendrán en cuenta las creencias religiosas de la sociedad española y no mantendrán las consiguientes relaciones de cooperación con la Iglesia Católica y las demás confesiones”.

La fe es privada, el Estado no debe intervenir para nada. Tampoco financiará, directa o indirectamente, a confesión alguna. Además, si es un estado aconfesional, ¿por qué hay días festivos como la Inmaculada Concepción, la Semana Santa o la Navidad? El calendario laboral se rige por el calendario cristiano: algo intolerable en un estado moderno.

Art 27.- Se reconoce a las personas físicas y jurídicas la libertad de creación de centros docentes, dentro del respeto a los principios constitucionales.

Fuera educación privada. Si es un asunto estatal, que lo sea; y ahí no entra la religión. La Iglesia ha “educado” a los españoles durante demasiados años. El futuro es demasiado importante, no se puede dejar en manos de los curas.

Art 30.- Los españoles tienen el derecho y el deber de defender a España.

Es anacrónico. Además, defender ¿qué? ¿Sus fronteras? ¿Su soberanía política? ¿Su soberanía económica? Hace tiempo que se han perdido.

Podrá establecerse un servicio civil para el cumplimiento de fines de interés general.

Cambiar por “se establecerá”. Si todos cumpliéramos 6 meses remuerados de trabajos comunitarios en zonas alejadas de nuestro hábitat, mejor iría España.

Título II.- La Corona.

Suprimir. Todos los artículos donde aparezca su figura quedan invalidados. Su nombre deberá sustituirse por el del Presidente del Gobierno. Por ejemplo: “El referéndum será convocado por el Rey, mediante propuesta del Presidente del Gobierno” quedaría “El referéndum será convocado por el Presidente del Gobierno”.

Art 68.- El Congreso se compone de un mínimo de 300 y un máximo de 400 Diputados, elegidos por sufragio universal, libre, igual, directo y secreto, en los términos que establezca la ley.

Hay que fijar un número. Cuanto más alto, mayor representatividad. ¿Digamos 450?

La circunscripción electoral es la provincia. Las poblaciones de Ceuta y Melilla estarán representadas cada una de ellas por un Diputado. La ley distribuirá el número total de Diputados, asignando una representación mínima inicial a cada circunscripción y distribuyendo los demás en proporción a la población.

Este apartado tan inofensivo es la causa de muchos problemas y desviaciones en este país. Está demostrado que a mayor número de circunscripciones, y cuanto más pequeñas sean, menor representatividad. Lo óptimo sería una sola circunscripción (como en Holanda e Israel). Así todos los partidos estarían en igualdad de condiciones. Ahora los nacionalistas sacan pocos votos y muchos escaños; IU al revés. Con una circunscripción, sería al contrario. Al no haber circunscripciones, no habría que dar diputados por provincia ya de primeras (otro factor de desviación).

Art 69.- El Senado.

Lo mismo que con la Corona. Eliminado.

Art 137.- El Estado se organiza territorialmente en municipios, en provincias y en las Comunidades Autónomas que se constituyan.

Hay que suprimir las CCAA. Sólo han dado problemas. Se instauraron para contentar y acallar a los nacionalismos y sólo se han acrecentado. Son fuente de fricción y desigualdad entre los ciudadanos. Todos los artículos que se refieran a CCAA quedan invalidados. Los gobiernos autónomos sólo consiguen duplicar personal y presupuestos, amén de crear conflictos de competencia. España debe ser un Estado unitario, con absoluto respeto a las culturas y lenguas que en él hay. Los derechos forales son cosa del pasado, no serán reconocidos.

Dicho todo esto, lo ideal es comenzar de nuevo. Escribir un nuevo texto, adecuado al siglo XXI, una Carta Magna en la que no quepan deudas del Franquismo, escrita por hombres y mujeres valientes e independientes según los dictados de la población.

Me temo que es pedir demasiado. Al año que viene, y al siguiente, volveremos a escuchar elogios vacíos a un documento caduco y deslegitimado.

¿Debo apoyar al Tribunal Constitucional?

Si bien, como decía en el anterior post, estoy de acuerdo con el contenido de la sentencia del Estatut, no lo estoy en absoluto con la existencia en sí del fallo. Es decir, creo que el Estatuto se extralimitó pero también lo hizo el PP al llevar el texto al Constitucional. La pregunta que sigue a este razonamiento es si el fin -la contención de las competencias de Cataluña- justifica los medios -4 años de dislate jurídico. Y la respuesta es un rotundo no.

El Estatut fue recurrido por el Partido Popular no tanto por razones jurídicas como por motivaciones de estrategia política. En Cataluña no tiene ninguna oportunidad de llegar al poder y sus dirigentes decidieron actuar como el niño que, al no poder ganar al Monopoly, tira el tablero por los aires. De hecho, el Estatuto de Andalucía contiene el término “nación”, que tanto les chirría en el catalán. Por supuesto, no fue recurrido, aunque ahora quizá tenga que ser reformado, pues varios artículos son calcados a los declarados inconstitucionales por el TC en el catalán.

El Tribunal Constitucional ha tardado 4 años en publicar una sentencia. Simplemente, es demasiado tiempo. Uno puede achacarlo a la proverbial lentitud de la justicia en España, pero hay más. Como podemos leer día sí día también en la prensa, el tribunal está formado por jueces “progresistas” y jueces “conservadores”. Esto, por más que a veces sea una etiqueta, no debería consentirse. Un juez es un juez, y punto. Su tarea es interpretar y aplicar la ley. Pero en demasiadas ocasiones, ponen el énfasis en la interpretación, dando lugar a sentencias polémicas (como sucede en algunos casos penales y de violencia de género).

El problema es el proceso de elección y selección de estos jueces. Desde el momento en que ciertos magistrados son propuestos por los partidos políticos, la imparcialidad de la justicia no sólo queda en entredicho: deja de existir. La justicia actual no es independiente ni apolítica, y quien pretenda lo contrario engaña o se engaña. El retraso en el fallo del Estatut ha estado causado por la intromisión de la política en la justicia. Y lo ha hecho por una doble vía: las presiones al tribunal, de uno y otro partido, y el atasco para su renovación.

Así es imposible tener una sentencia judicial digna.

Por último, la mera impugnación del resultado de un referéndum linda con la ilegalidad. Los ciudadanos de Cataluña eligieron ese texto; el parlamento catalán y el congreso de los diputados también. Muchos filtros, muchas oportunidades de ser reprobado… y no lo fue. La pregunta es ¿de qué sirve, entonces la voluntad ciudadana? La respuesta nos la dan los propios políticos. De nada.

Lo de menos es el Estatut y la sentencia: lo importante es el sistema, que permite todo lo anterior. Eso, quizás, es lo verdaderamente inconstitucional.

¿Debo apoyar el Estatut?

Es una tendencia perniciosa pensar que los considerados progresistas deben estar a favor de ciertas cuestiones y en contra de otras por el simple hecho de considerarse progresistas. Lo mismo sucede con los conservadores. Uno no puede ser de izquierdas y defender las corridas de toros (como demostró de forma expresiva Andrés Calamaro) o votar al PP y ser ateo. La realidad bien diferente.

El Estatuto de Cataluña es un claro ejemplo de esta división artificial. Si votas al PSOE debes estar de acuerdo con el texto y en contra del recurso del PP. Pero, ¿qué pensar de la sentencia del Constitucional cuando el mismo Gobierno la da por buena? Primero, veamos qué dice el fallo:

La sentencia del Estatut señala los artículos que el Alto Tribunal considera violan la  Constitución. Estos se refieren a la lengua, la justicia y la recaudación de impuestos.

El Estatut afirma que la lengua propia de Cataluña es el catalán, y que tiene preferencia en las administraciones públicas. Pero la Constitución establece que el castellano es la lengua española oficial del Estado. Por ello, el catalán no tedrá carácter preferente.

Cataluña quería tener un poder judicial autónomo y crear un Consejo de Justicia propio, acaparando las competencias del Consejo General del Poder Judicial. Además, buscaba que el defensor del pueblo catalán, el Síndic de Greuges, tuviera exclusividad para defender los derechos de los ciudadanos frente a la Administración. Estas pretensiones han sido invalidadas.

La carta preveía que la Generalitat pudiera establecer y regular los impuestos de los gobiernos locales. Para el Alto Tribunal, ésta es una competencia del Gobierno central.

Por último, el preámbulo del estatut considera que Cataluña es una nación. Esta frase no se elimina, pero permanece únicamente como declaración retórica sin ninguna validez jurídica.

El resto de artículos impugnados por el Partido Popular, un total de 74, han pasado el examen y se mantienen en el Estatut.

Yo, que me considero de izquierdas, pienso que no debe primar el catalán sobre el castellano, que ya es bastante negativo que el Gobierno nombre al CGPJ como para que cada autonomía pueda designar a sus propios órganos judiciales y que la redaudación de impuestos debería estar aún más centralizada.

En realidad, considero que las autonomías son un error, un fracaso y, por tanto, cualquier estatuto que asuma competencias del gobierno central me disgustará. Pero este es un tema para otro artículo.

¿Me hace este post conservador o españolista? Yo creo que no, pero sé de varios que opinarán lo contrario.